Qué información tienes sobre contratos menores para fiestas locales
Los contratos menores para fiestas locales se refieren a aquellos contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros para obras, o 15.000 euros para suministro o servicios. Estos contratos requieren la emisión de un informe del órgano de contratación justificando la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto. Asimismo, se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente. En el caso de contratos menores de obras, deberá añadirse el presupuesto de las obras, así como el informe de las oficinas o unidades de supervisión cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra. Por otro lado, los contratos menores cuyo pago se verifique a través del sistema de anticipos de caja fija u otro similar para realizar pagos menores, no requerirán la emisión de un informe siempre y cuando el valor estimado del contrato no exceda de 5.000 euros. Estos contratos se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4.