¿qué tipo de contrato sería la adquisición por compra de un modulo prefabricado para alojar un vestuario?
La adquisición por compra de un módulo prefabricado para alojar un vestuario se consideraría un contrato de suministro.
Los contratos de suministro son aquellos que tienen por objeto la adquisición de productos o bienes muebles. En este caso, el módulo prefabricado se considera un bien mueble, ya que es un objeto tangible que puede ser trasladado y no está incorporado de manera permanente a un inmueble.
Además, los contratos de suministro incluyen aquellos en los que el empresario se obliga a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario, aunque este no es el caso específico, el concepto de adquisición de bienes muebles sigue aplicando.
Por lo tanto, la compra de un módulo prefabricado para un vestuario encaja dentro de la definición de un contrato de suministro, ya que se trata de la adquisición de un bien mueble.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 16