publicidad institucional
La publicidad institucional es una actividad que se realiza con el objetivo de informar a la ciudadanía sobre los servicios y actividades que ofrecen las administraciones públicas. Esta publicidad se rige por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que establece los principios generales de la contratación pública. Estos principios incluyen la transparencia, la publicidad, la igualdad de trato, la no discriminación y la proporcionalidad.
La Ley 9/2017 establece que la publicidad institucional debe ser realizada de forma transparente y objetiva, sin distorsionar la información. Asimismo, la Ley establece que la publicidad institucional debe ser realizada de forma proporcionada, es decir, debe ser proporcional a la necesidad de informar a la ciudadanía sobre los servicios y actividades de la administración.
En resumen, la publicidad institucional debe ser realizada de acuerdo con los principios generales de la contratación pública establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, especialmente los principios de transparencia, publicidad, igualdad de trato, no discriminación y proporcionalidad.
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¿Cómo funciona la publicidad institucional?
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Exigencias de Publicidad Preceptivas
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¿Cúales son los principios fundamentales de la contratación pública?
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¿Cuales son las medidas de publicidad y obligaciones de transparencia del organo de contratación previstas en la Ley?
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IMPORTES PUBLICIDAD, CUANDO PROCEDE
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En el Real Decreto Legislativo 3/2011, cuando es un procedimiento con publicidad?
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en que artículo de la ley habla del principio de transaparencia
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qué es un contrato negociado con publicidad?
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la publicidad de un contrato de suministros de 85.000 euros donde se publica
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¿La publicidad de un contrato formalizado de un Ayuntamiento puede hacerse en el BOE o debe hacerse en el peril del contratante únicamente?