¿Deben publicarse en el Perfil del Contratante las modificaciones de los encargos que no impliquen modificación del plazo ni del presupuesto del mismo?
Sí, las modificaciones de los encargos deben publicarse en el Perfil del Contratante, incluso si no implican modificación del plazo ni del presupuesto.
El Perfil del Contratante es una herramienta clave para asegurar la transparencia y el acceso público a la información relacionada con la actividad contractual de los órganos de contratación. Este perfil debe incluir toda la información relevante sobre los contratos, incluidas las modificaciones, para garantizar que el proceso sea transparente y accesible al público.
La publicación de las modificaciones en el Perfil del Contratante es obligatoria para asegurar que todos los interesados tengan acceso a la información actualizada sobre los contratos, incluso si las modificaciones no afectan el plazo o el presupuesto. Esto forma parte de las medidas para mantener la transparencia en la contratación pública.
En resumen, la publicación de las modificaciones, independientemente de su impacto en el plazo o presupuesto, es un requisito para mantener la transparencia y el acceso público a la información contractual.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 63
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¿Las modificaciones de los encargos deben publicarse en el Perfil del Contratante individualmente o mediante una modificación de la publicación del encargo?
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¿Debe publicarse la prórroga de un contrato administrativo en el perfil de contratante? y dónde?
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¿Debe publicarse la prórroga de un contrato administrativo en el perfil de contratante?
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¿cual es la documentación obligatoria que se debe publicar en el perfil del contratante?
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deben publicarse en la plataforma las modificaciones de los encargos a medios propios?