EL BENEFICIO INDUSTRIAL PUEDE SER MAYOR AL 6 %
No, el beneficio industrial no puede ser mayor al 6% en los supuestos específicos contemplados en la ley.
En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España, el beneficio industrial está regulado en situaciones específicas. En particular, cuando se trata de contratos de suministros que no se han realizado debido a desistimiento o suspensión, el contratista tiene derecho a percibir un beneficio industrial del 6% del precio de adjudicación de los suministros dejados de realizar. Este porcentaje se calcula sobre la diferencia entre los suministros reflejados en el contrato original y sus modificaciones aprobadas, y los que efectivamente se han realizado hasta la fecha de notificación del desistimiento o suspensión.
Este porcentaje del 6% es el máximo establecido por la ley en estos casos específicos, y no se contempla la posibilidad de que el beneficio industrial sea mayor.
| Concepto | Porcentaje Máximo |
|---|---|
| Beneficio Industrial | 6% |
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 307
-
es incorrecto que el % de beneficio industrial en un contrato de servicios sea distinto del 6%?
-
¿es correcto que el % de beneficio industrial en un contrato de servicios sea distinto del 6%?
-
El beneficio industrial en el contrato de servicios
-
Beneficio industrial encargos
-
¿Cuándo se puede desistir de un contrato de obras?
-
¿Cuánto es el lucro cesante?
-
El Beneficio Industrial y gastos generales de una oferta de un contrato de servicios se considera no revisable el coeficiente o el valor absoluto?
-
beneficio industrial
-
Se consideran los coeficientes de Beneficio Industrial y gastos generales o el importe en valores absolutos?
-
Cual es el maximo que se puede subcontratar en un expediente