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Presentación de varias empresas que pertenecen a un mismo grupo empresarial, pero se presentan independiente. Art 42

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Cuando varias empresas de un mismo grupo empresarial se presentan de manera independiente a una licitación, se tomará en cuenta solo la oferta más baja para aplicar el régimen de ofertas desproporcionadas o temerarias.

Las empresas que pertenecen a un mismo grupo, es decir, aquellas que se encuentran en alguna de las situaciones del artículo 42.1 del Código de Comercio, deben presentar una declaración sobre su relación al participar en una licitación. Esta declaración es necesaria para asegurar la transparencia y el cumplimiento de las normativas de contratación pública.

En el proceso de evaluación de las ofertas económicas, solo se considerará la oferta más baja presentada por las empresas del grupo para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias. Las demás ofertas del grupo serán evaluadas bajo los efectos derivados de este procedimiento.

Los pliegos de cláusulas administrativas particulares pueden establecer criterios específicos para valorar las proposiciones de empresas pertenecientes a un mismo grupo, asegurando así un proceso de adjudicación justo y equitativo.

Concepto Descripción
Declaración Las empresas del mismo grupo deben presentar una declaración sobre su relación.
Evaluación Solo se considera la oferta más baja del grupo para el régimen de ofertas desproporcionadas o temerarias.
Criterios Los pliegos pueden establecer criterios específicos para valorar estas ofertas.
    Referencias:
- [Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 86. Valoración de las proposiciones formuladas por distintas empresas pertenecientes a un mismo grupo.; URL: https://contratos.gobierto.es/normativa/reglamento-contratos-administraciones-publicas/86]
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