en que plazo se abonan las certificaciones parciales de obra
Las certificaciones parciales de obra se abonan mensualmente, dentro de los primeros diez días del mes siguiente al período al que correspondan.
La Administración está obligada a expedir mensualmente certificaciones que incluyan la obra ejecutada conforme al proyecto durante dicho período de tiempo. Estas certificaciones deben emitirse dentro de los primeros diez días del mes siguiente al que correspondan.
Los pagos realizados en base a estas certificaciones tienen el carácter de pagos a cuenta. Esto significa que están sujetos a rectificaciones y variaciones que puedan surgir en la medición final de la obra, y no implican en ningún caso la aprobación y recepción definitiva de las obras incluidas.
Además, el contratista tiene derecho a recibir abonos a cuenta por operaciones preparatorias, como instalaciones y acopio de materiales, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y se aseguren mediante la prestación de garantía.
| Concepto | Plazo |
|---|---|
| Emisión de certificaciones parciales | Primeros 10 días del mes siguiente |
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en que plazo se abonan las certificaciones parciales de obra en la junta de castilla y leon
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articulo 240 la administración expedirá certificaciones que comprenderán la obra ejecutada conforme a proyecto. Estas certificaciones serán mensuales y se harán
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La administración expedirá mensualmente certificaciones que comprendan la obra ejecutada:
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plazo para aprobar las certificaciones y abonar la factura
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qué son los pagos a cuenta
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pago parcial
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En que plazo se paga el precio de la obra?
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medicion final de la obra cuando se abona
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¿Qué plazo tiene la administración para pagar al contratista?
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Procedimiento de pago según el contrato