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orden de apertura de sobres

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El orden de apertura de sobres en el proceso de licitación se establece primero con la apertura de los sobres que contienen la documentación administrativa, seguido de la apertura de los sobres o archivos electrónicos que contienen las proposiciones técnicas y económicas, según los criterios de adjudicación establecidos en los pliegos.

En el proceso de licitación, el primer paso consiste en la apertura de los sobres que contienen la documentación administrativa requerida por el artículo 79.2 de la Ley. Esta documentación es esencial para verificar la elegibilidad de los licitadores antes de proceder a la evaluación de las proposiciones técnicas y económicas.

Posteriormente, si los criterios de adjudicación del contrato se basan en más de un aspecto y requieren de una valoración que dependa de un juicio de valor y de criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas, los licitadores deben presentar sus proposiciones en dos sobres o archivos electrónicos separados. Esto permite una evaluación objetiva y transparente de las ofertas.

La apertura de las proposiciones debe realizarse en un plazo máximo de veinte días contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar las mismas. En el caso de que las proposiciones se presenten en más de un sobre o archivo electrónico, el plazo se considera cumplido con la apertura del primer sobre o archivo electrónico.

La oferta económica, en particular, se abre en acto público, salvo en los casos en que se utilicen medios electrónicos para la licitación. Este procedimiento garantiza la transparencia y la igualdad de condiciones para todos los licitadores.

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