garantía complementaria en 159.6 si hay presunción de anormalidad
En el procedimiento abierto simplificado abreviado, no se contempla la exigencia de una garantía complementaria específica por la presunción de anormalidad de una oferta. Sin embargo, el órgano de contratación puede establecer mecanismos de control adicionales si una oferta anormalmente baja resulta adjudicataria.
En el contexto de la contratación pública en España, el procedimiento abierto simplificado abreviado tiene umbrales específicos para obras, servicios y suministros, que son inferiores a ciertos límites establecidos. Este procedimiento está diseñado para ser más ágil y menos burocrático, lo que implica que no se suelen exigir garantías complementarias como norma general.
Cuando una oferta se considera anormalmente baja, el órgano de contratación debe seguir un procedimiento para justificar la viabilidad de dicha oferta. Esto incluye solicitar al licitador que explique y desglosa detalladamente los precios o costes bajos. Si una oferta anormalmente baja es aceptada y adjudicada, el órgano de contratación debe implementar un seguimiento pormenorizado para asegurar la correcta ejecución del contrato.
En el caso de que se considere necesario incrementar la garantía debido a la naturaleza especial del contrato, esto debe ser acordado mediante una resolución motivada. Sin embargo, esto no es una práctica estándar en el procedimiento simplificado abreviado, a menos que se justifique adecuadamente.
| Procedimiento | Umbral Máximo Obras | Umbral Máximo Servicios | Umbral Máximo Suministros |
|---|---|---|---|
| Abierto simplificado abreviado | < 80.000€ | < 60.000€ | < 60.000€ |
- Referencias:
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 59. Garantías complementarias
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 149. Ofertas anormalmente bajas
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 114. Supuestos y régimen
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 106. Exigencia y régimen de la garantía provisional
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 109. Constitución, reposición y reajuste de garantías
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¿Debe incluirse garantía definitiva en los procedimientos abiertos simplificados abreviados?
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¿se requiere garantia provisional en un procedimiento abierto supersimplificado?
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en el procedimiento abierto simplificado sumario es obligatoria la constitución de garantía definitiva?
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art. 159.1 b del LCSP