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plazos para la interposición del recurso especial en materia de contratación

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El plazo general para interponer el recurso especial en materia de contratación es de quince días hábiles, aunque puede variar según el acto recurrido.

El recurso especial en materia de contratación debe interponerse dentro de un plazo de quince días hábiles. Este plazo comienza a contar desde el día siguiente a la publicación del acto que se desea recurrir. Por ejemplo, si se interpone contra el anuncio de licitación, el plazo se cuenta desde el día siguiente a su publicación. En el caso de los pliegos y demás documentos contractuales, el plazo inicia desde el día siguiente a su publicación o desde que el recurrente haya podido acceder a ellos.

Para los recursos basados en causas de nulidad, los plazos son diferentes. En estos casos, el plazo es de treinta días desde la publicación de la formalización del contrato o de seis meses desde la formalización del contrato, dependiendo de las circunstancias específicas.

A continuación, se presenta una tabla con los plazos para la interposición del recurso especial en materia de contratación:

Acto Recurrido Plazo de Interposición
Anuncio de licitación 15 días hábiles desde su publicación
Pliegos y documentos contractuales 15 días hábiles desde su publicación o acceso
Causas de nulidad 30 días desde la publicación de la formalización o 6 meses desde la formalización
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