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Si una empresa de empleo especial termina su contrato de servicios con la administracion, puede se contratada con un contrato menor mientras se licita nuevamente el servicio?

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No, una empresa de empleo especial no puede ser contratada con un contrato menor para continuar prestando el mismo servicio mientras se licita nuevamente el servicio.

La normativa establece que en ningún caso la entidad contratante puede instrumentar la contratación de personal a través del contrato de servicios, incluidos los que por razón de la cuantía se tramiten como contratos menores. Esto implica que no se puede utilizar un contrato menor para continuar con la prestación de servicios que ya estaban siendo realizados por una empresa de empleo especial, ya que esto podría interpretarse como una forma de eludir los procedimientos de contratación establecidos.

Además, la normativa también prohíbe que, a la extinción de los contratos de servicios, se produzca la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la entidad contratante. Esto refuerza la idea de que no se puede utilizar un contrato menor para prolongar la relación contractual de manera temporal mientras se licita nuevamente el servicio.

Por lo tanto, la administración debe seguir los procedimientos de contratación adecuados y no recurrir a contratos menores para continuar con la prestación de servicios que ya estaban siendo realizados por una empresa de empleo especial.

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