Contratos verbales. Son posibles?
Los contratos verbales en la contratación pública no están permitidos, salvo en situaciones de emergencia.
En la contratación pública, las entidades del sector público no pueden celebrar contratos de manera verbal. Esto se debe a la necesidad de formalizar adecuadamente los contratos para asegurar la transparencia y el control en el uso de fondos públicos. La formalización de los contratos es un requisito esencial para garantizar que todas las partes involucradas cumplan con sus obligaciones y para facilitar la supervisión por parte de las autoridades competentes.
Sin embargo, existe una excepción a esta regla general: los contratos pueden celebrarse de manera verbal únicamente cuando se trate de situaciones de emergencia. En estos casos, la urgencia de la situación justifica la omisión de los procedimientos formales habituales para asegurar una respuesta rápida y efectiva.
A continuación, se presenta un resumen de las condiciones bajo las cuales se permiten los contratos verbales:
| Situación | Permiso para contrato verbal |
|---|---|
| General | No permitido |
| Emergencia | Permitido |
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