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si hay un proyecto que ha hecho un tercero, la adminsitraqcion es responsable, articulo 314 y 315

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La Administración es responsable de los daños causados a terceros por vicios del proyecto de obras, pero puede repetir contra el redactor del proyecto.

En los contratos de obras, si los daños y perjuicios a terceros son consecuencia de vicios del proyecto, la Administración es responsable de estos daños. Sin embargo, la Administración tiene la posibilidad de reclamar al redactor del proyecto para recuperar los costos asociados a estos daños.

El contratista es responsable de la calidad técnica de los trabajos y de las consecuencias derivadas de errores o métodos inadecuados en la ejecución del contrato. Si se detectan vicios o defectos durante el plazo de garantía, la Administración puede exigir al contratista la subsanación de los mismos.

En el caso de proyectos elaborados por terceros, la responsabilidad inicial por los daños causados a terceros recae sobre la Administración, pero esta puede buscar compensación del redactor del proyecto si los daños son atribuibles a errores o defectos del mismo.

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