la empresa que realiza un anteproyecto de obra, ¿puede presentarse a la licitación para la ejecución y dirección de la misma?
Sí, la empresa que realiza un anteproyecto de obra puede presentarse a la licitación para la ejecución y dirección de la misma, siempre que se cumplan ciertas condiciones establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público.
La Ley de Contratos del Sector Público permite que los licitadores a la concesión puedan introducir variantes en el anteproyecto, siempre que el pliego de cláusulas administrativas particulares lo autorice. Esto implica que la empresa que ha elaborado el anteproyecto podría participar en la licitación, siempre que se respeten las condiciones y autorizaciones pertinentes.
Además, la contratación conjunta de la elaboración del proyecto y la ejecución de las obras tiene carácter excepcional y puede justificarse en casos específicos, como cuando motivos técnicos obligan a vincular al empresario a los estudios de las obras, o cuando las obras presentan una dimensión o dificultad técnica singular que requiere soluciones específicas.
Es importante que, en estos casos, el contratista presente el proyecto al órgano de contratación para su supervisión, aprobación y replanteo. Si se detectan defectos o precios inadecuados, se requerirá su subsanación antes de iniciar la ejecución de la obra.
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