que pasa si no se aporta la subsanación requerida
Si no se aporta la subsanación requerida en un contrato de servicios para la elaboración de un proyecto de obra, la Administración puede optar por resolver el contrato o conceder un nuevo plazo al contratista.
Inicialmente, si el contratista no corrige los defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones o infracciones legales en el plazo otorgado, que no puede exceder de dos meses, la Administración tiene dos opciones. Puede optar por la resolución del contrato, lo que implica la incautación de la garantía y la obligación del contratista de pagar una indemnización equivalente al 25% del precio del contrato.
Alternativamente, la Administración puede conceder un nuevo plazo de un mes improrrogable para que el contratista subsane las deficiencias. En este caso, el contratista incurrirá en una penalidad equivalente al 25% del precio del contrato.
Situación | Consecuencia |
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No subsanación en el primer plazo | Resolución del contrato, incautación de la garantía, indemnización del 25% del precio del contrato |
Nuevo plazo concedido | Penalidad del 25% del precio del contrato |
Si el contratista vuelve a incumplir, se procederá a la resolución del contrato, obligando al contratista a abonar una indemnización igual al precio pactado y a la pérdida de la garantía.
Además, si el contratista renuncia a la realización del proyecto antes de la concesión del último plazo, deberá abonar una indemnización igual a la mitad del precio del contrato y perder la garantía.