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¿Porcentaje adicional del precio de una modificacion no prevista de un contrato de servicio?

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El porcentaje adicional del precio de una modificación no prevista de un contrato de servicio puede llegar hasta el 50% del precio inicial del contrato, IVA excluido, siempre que se cumplan ciertas condiciones.

Para que una modificación no prevista sea válida, debe justificarse en alguno de los supuestos permitidos, como la necesidad de añadir servicios adicionales que no puedan ser realizados por otro contratista sin incurrir en inconvenientes significativos o costos adicionales. Además, la modificación no debe alterar la naturaleza global del contrato.

Las modificaciones no previstas deben ser indispensables para responder a una causa objetiva y no deben ser sustanciales, es decir, no deben cambiar la naturaleza del contrato de manera significativa. Una modificación se considera sustancial si introduce condiciones que habrían cambiado el resultado del proceso de contratación original o si altera el equilibrio económico del contrato en beneficio del contratista.

A continuación, se presenta un resumen de los límites de modificación:

Tipo de Modificación Límite de Alteración del Precio
No prevista Hasta el 50% del precio inicial, IVA excluido
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