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¿Que debo tener en cuenta (plazos, procedimientos) como responsable del contrato cuando se detectan incumplimientos y aplican penalidades?

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Como responsable del contrato, al detectar incumplimientos y aplicar penalidades, es crucial tener en cuenta los tipos de incumplimientos (parcial, total, defectuoso, demora), las penalidades específicas establecidas en los pliegos, los procedimientos para la imposición de penalidades, y los plazos para la subsanación de defectos o para la ejecución.

En primer lugar, es importante identificar el tipo de incumplimiento (parcial, total, cumplimiento defectuoso, o demora) ya que esto determinará el procedimiento a seguir. Los pliegos o el documento descriptivo deben prever las penalidades aplicables, que deben ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento. Las cuantías de las penalidades no pueden ser superiores al 10% del precio del contrato (IVA excluido) por cada una, ni el total superar el 50% del precio del contrato.

Para los casos de demora, la penalidad diaria es de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido. Sin embargo, el órgano de contratación puede establecer penalidades distintas si las características del contrato así lo justifican, siempre que se justifique en el expediente.

En cuanto a los procedimientos, el responsable del contrato hará un informe detallando lo sucedido y proponiendo la imposición de una penalidad (o no) al órgano de contratación. Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, siendo inmediatamente ejecutivas. Estas se harán efectivas mediante deducción de los pagos al contratista o sobre la garantía constituida.

Respecto a los plazos, en el caso de servicios que consistan en la elaboración íntegra de un proyecto de obra y se detecten defectos imputables al contratista, este tendrá un plazo no superior a dos meses para la subsanación. Si las deficiencias no se corrigen, la Administración puede optar por la resolución del contrato o conceder un nuevo plazo de un mes. La no subsanación en este último plazo conlleva la resolución del contrato con indemnizaciones específicas.

Tabla de Penalidades y Plazos:

Tipo de Incumplimiento Penalidad Máxima por Incumplimiento Penalidad por Demora Plazo para Subsanación de Defectos
General 10% del precio del contrato (IVA excluido) por cada una; total no más de 50% 0,60€/1.000€ del precio del contrato, IVA excluido No aplicable
Demora Según pliegos, pero puede incluirse una diferente si justificado 0,60€/1.000€ del precio del contrato, IVA excluido No aplicable
Defectos en proyecto 25% del precio del contrato; en caso de renuncia o nuevo incumplimiento, hasta el precio total No aplicable 2 meses; prorrogable 1 mes más
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