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La modificación de 2.000€ en un contrato de 1000 y de un año se hace una prórroga de otro año, en la prórroga corresponderán 1000 o 1200? Justifica con la ley

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En la prórroga de un contrato, el importe corresponderá a 1000€, salvo que se acuerde una modificación legalmente admisible que incremente el importe a 1200€.

En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España, una prórroga implica la extensión de la duración del contrato más allá del término inicialmente pactado, manteniendo las mismas condiciones y características, a menos que se acuerde una modificación conforme a la ley.

Para que una modificación del contrato sea válida, debe estar prevista en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o cumplir con los requisitos legales que permiten modificaciones no previstas. Esto incluye que la modificación no altere la naturaleza global del contrato y que no exceda del 50% del precio inicial, entre otros requisitos.

En este caso, si la modificación de 200€ está debidamente justificada y cumple con los requisitos legales, el importe durante la prórroga podría ser de 1200€. Sin embargo, si no se cumplen estas condiciones, el importe durante la prórroga debería ser el mismo que el del contrato original, es decir, 1000€.

Concepto Importe durante la prórroga
Sin modificación 1000€
Con modificación 1200€
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