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¿Quién requiere la documentación previa a la adjudicación en un procedimiento abierto simplificado, ¿el órgano de contratación o el secretario de la Mesa de Contratación?

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La documentación previa a la adjudicación en un procedimiento abierto simplificado la requiere el órgano de contratación.

En el procedimiento abierto simplificado, el órgano de contratación es el responsable de aprobar los pliegos y documentos que contienen las prescripciones técnicas particulares antes de la licitación del contrato. Este órgano también es el encargado de solicitar informes técnicos necesarios para verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas del pliego.

La Mesa de contratación, por su parte, tiene la función de calificar la documentación presentada por los licitadores y de formular la propuesta de adjudicación al órgano de contratación. Sin embargo, no es la encargada de requerir la documentación previa a la adjudicación.

**- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 157; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/157]

  • [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 124; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/124]
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