¿Cuál es el importe de un menor?
Un contrato menor es aquel cuyo valor estimado es inferior a 40.000 euros para los contratos de obras y 15.000 euros para los contratos de suministro o servicios. Estos contratos requieren la emisión de un informe motivado por parte del órgano de contratación para justificar la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto. Además, se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación de la factura correspondiente. En el caso de los contratos menores de obras, se deberá añadir el presupuesto de las obras y, en su caso, el informe de las oficinas o unidades de supervisión. Por último, existe una excepción para los pagos menores a través de sistemas de anticipos de caja fija, siempre que el valor estimado del contrato no exceda de 5.000 euros.
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