Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Haz tu pregunta
Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

pueden los ayuntamientos ordenar la ejecucion directa de obra

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

Sí, los ayuntamientos pueden ordenar la ejecución directa de obras, pero bajo ciertas condiciones específicas establecidas por la Ley de Contratos del Sector Público.

Los ayuntamientos, como parte de la Administración Pública, tienen la capacidad de ejecutar obras directamente utilizando sus propios medios, ya sea de forma exclusiva o con la colaboración de empresarios particulares. Esta posibilidad está sujeta a la concurrencia de ciertas circunstancias que justifiquen la ejecución directa en lugar de la contratación externa. Entre estas circunstancias se incluyen la disponibilidad de fábricas, arsenales, maestranzas o servicios técnicos propios suficientemente aptos para la realización de la obra, la existencia de elementos auxiliares que supongan una economía significativa o una mayor celeridad en la ejecución, la falta de ofertas de empresarios en una licitación previa, situaciones de emergencia, la imposibilidad de fijar un precio cierto previamente, entre otras.

Además, en los casos en que se opte por la colaboración con empresarios particulares para la ejecución de obras, la selección de estos colaboradores debe realizarse mediante los procedimientos de adjudicación establecidos, salvo en situaciones de emergencia. La contratación con colaboradores no puede exceder el 60% del importe total del proyecto en ciertos casos.

La autorización para la ejecución de obras y la aprobación del proyecto correspondiente son competencias del órgano competente para la aprobación del gasto o del órgano que determinen las disposiciones orgánicas de las Comunidades Autónomas, en su respectivo ámbito.

Referencias - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/30 - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/238 - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/252 - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/253 - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/231

Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?