autorización de modificaciones de encargo de servicios por la dirección técnica
La autorización de modificaciones en un encargo de servicios por parte de la dirección técnica debe ser tratada con cuidado, ya que cualquier modificación significativa podría requerir la retroacción de actuaciones si no se ajusta a los errores materiales, de hecho o aritméticos permitidos.
En el contexto de la contratación pública, los pliegos de prescripciones técnicas particulares deben ser aprobados antes de la licitación o adjudicación del contrato. Una vez aprobados, solo pueden ser modificados por errores materiales, de hecho o aritméticos. Cualquier otra modificación podría requerir una retroacción de actuaciones, lo que implica volver a etapas anteriores del proceso de contratación.
Para modificaciones en encargos de servicios, es crucial que la dirección técnica se asegure de que cualquier cambio propuesto se ajuste a los errores permitidos. Si no es así, se debe considerar la posibilidad de iniciar un nuevo proceso de contratación para incluir las modificaciones deseadas.
En la práctica, esto significa que la dirección técnica debe evaluar cuidadosamente la naturaleza de cualquier modificación propuesta y considerar sus implicaciones legales y administrativas. Si la modificación es sustancial, podría ser necesario obtener una nueva autorización administrativa o incluso realizar un nuevo proceso de licitación.
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