¿Debe publicarse la formalización del procedimiento supersimplificado?
Sí, debe publicarse la formalización del procedimiento supersimplificado. Esto se debe a que la Ley de Contratos del Sector Público de España establece que todos los procedimientos de contratación pública deben publicarse para garantizar la transparencia y la igualdad de oportunidades entre los licitadores. Esto es especialmente importante para los procedimientos supersimplificados, ya que se trata de una forma de contratación más rápida y sencilla, por lo que es necesario garantizar que todos los licitadores tengan la misma información para poder competir de manera justa.
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El anuncio de licitación solo se publica en el perfil si es un procedimiento abierto simplificado. También aplica al simplificado sumario?
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El anuncio de licitación en el procedimiento abierto súper simplificado solo se publica en el perfil al igual que en el simplificado ? Y no en BOE y DOUE?
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En en el procedimiento simplificado el anuncio solo se publica en el perfil y no en el BOE o DOUE. También ocurre lo mismo con el supersimplificado?
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En en el procedimiento simplificado el anuncio solo se publica en el perfil. También ocurre lo mismo con el supersimplificado?
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las entidades contratantes están obligadas a publicar su necesidad de contratación en procesos de régimen común y régimen especial
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es necesario que exista anuncio de formalizacion?
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en un contrato de servicio de limpieza SARA con procedimiento abierto ¿Deberá publicarse la formalización del contrato?
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Cuál es el procedimiento más adecuado?
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se deben publicar en la plataforma de contratación las ampliaciones de plazo de un encargo?
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En el Real Decreto Legislativo 3/2011, cuando es un procedimiento con publicidad?