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la empresa licitadora puede ofertar un precio mas alto al de licitaicon

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En el marco de la Ley de Contratos del Sector Público, la empresa licitadora debe ajustarse al presupuesto base de licitación establecido por el órgano de contratación, el cual representa el límite máximo de gasto. Por lo tanto, ofertar un precio más alto al presupuesto base de licitación no se ajustaría a los requisitos establecidos.

El presupuesto base de licitación se define como el límite máximo de gasto que puede comprometer el órgano de contratación en virtud del contrato. Este presupuesto incluye todos los costes asociados al contrato, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), salvo que se disponga lo contrario. Es importante destacar que el presupuesto base de licitación se establece con cuidado para ser adecuado a los precios del mercado, desglosando los costes directos e indirectos, así como otros gastos calculados para su determinación.

Además, en el proceso de licitación, las ofertas deben incluir todos los elementos requeridos y necesarios para la realización del proyecto, ajustándose a las necesidades y requisitos establecidos en el anuncio de licitación o en el documento descriptivo. Esto implica que las ofertas deben ser coherentes con el presupuesto base de licitación y los términos establecidos por el órgano de contratación.

Por lo tanto, ofertar un precio más alto al establecido en el presupuesto base de licitación podría resultar en la no aceptación de la oferta, ya que excedería el límite máximo de gasto comprometido por el órgano de contratación.

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