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¿Cuál es el plazo para la formalización de un contrato tramitado por procedimiento abierto simplificado no susceptible de recurso especial?

Esta pregunta ha sido revisada por un humano

En los contratos tramitados por procedimiento abierto simplificado que no son susceptibles de recurso especial en materia de contratación, la formalización del contrato debe efectuarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.

En estos casos no resulta de aplicación el plazo de espera de quince días hábiles previsto para los contratos sujetos a recurso especial, por lo que no es necesario suspender la formalización a la espera de una eventual impugnación. No obstante, ello no implica que la formalización sea inmediata, sino que debe realizarse dentro del plazo máximo legalmente establecido.

Cuando el contrato no exige la constitución de garantía definitiva, la formalización puede llevarse a cabo una vez notificada la adjudicación y cumplidos los requisitos previos, siempre dentro del citado plazo de quince días hábiles.

La formalización del contrato es un requisito imprescindible para el inicio de su ejecución, salvo en los supuestos legalmente exceptuados, por lo que debe respetarse en todo caso el régimen de plazos previsto en la LCSP.

Concepto Detalle
Procedimiento Abierto simplificado
Recurso especial No susceptible
Plazo de formalización Máximo de 15 días hábiles desde la notificación de la adjudicación
Espera previa No procede plazo de suspensión
Garantía definitiva La ausencia de garantía no elimina el plazo legal de formalización
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