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en que consiste el presupuesto base de licitacion

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El presupuesto base de licitación es el límite máximo de gasto que puede comprometer el órgano de contratación en un contrato, incluyendo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), salvo disposición en contrario. Este presupuesto debe ser adecuado a los precios de mercado y se desglosa indicando costes directos e indirectos, así como otros gastos calculados para su determinación.

El presupuesto base de licitación se elabora con cuidado para reflejar adecuadamente los precios del mercado. Para ello, se desglosan los costes directos e indirectos, y se calculan otros gastos eventuales. Específicamente, en contratos donde los costes salariales son significativos, estos se estiman de forma desglosada según el género y categoría profesional, basándose en el convenio laboral aplicable.

En la determinación del presupuesto base de licitación, se parte del presupuesto de ejecución material, que es la suma de los costes unitarios de obra y las partidas alzadas. A este se le añaden los gastos generales y el beneficio industrial del contratista, así como el IVA aplicable a la ejecución de la obra. Los porcentajes aplicados sobre el presupuesto de ejecución material para calcular los gastos generales y el beneficio industrial pueden variar según las circunstancias y son establecidos por cada departamento ministerial o modificados por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

Concepto Porcentaje sobre el presupuesto de ejecución material
Gastos generales de la empresa, gastos financieros, cargas fiscales (IVA excluido), tasas de la Administración Del 13 al 17%
Beneficio industrial del contratista 6%

Para contratos de obras con un presupuesto base de licitación igual o superior a 500.000 euros (IVA excluido), es preceptivo solicitar un informe de supervisión que verifique el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas aplicables. En proyectos de menor cuantía, este informe es facultativo, salvo en casos que afecten a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra, donde se vuelve obligatorio.

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