mejoras propuestas por el contratista
Las mejoras propuestas por el contratista en un acuerdo marco pueden incluir la sustitución de bienes adjudicados por otros que incorporen avances tecnológicos, siempre que no incrementen el precio en más del 10% del inicial de adjudicación, salvo que el pliego establezca otro límite.
En el contexto de los acuerdos marco, los adjudicatarios pueden proponer al órgano de contratación la sustitución de los bienes adjudicados por otros que incorporen avances o innovaciones tecnológicas. Esta propuesta es válida siempre que el precio de los nuevos bienes no incremente en más del 10% el precio inicial de adjudicación, a menos que el pliego de cláusulas administrativas particulares haya establecido otro límite.
Además, el órgano de contratación, por iniciativa propia y con la conformidad del suministrador, o a instancia de este, puede incluir nuevos bienes del tipo adjudicado o similares cuando existan motivos de interés público o de nueva tecnología. Estos nuevos bienes deben haber comenzado su comercialización después de la fecha límite de presentación de ofertas y su precio no debe exceder el límite establecido para las mejoras.
Concepto | Límite de Precio |
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Sustitución de bienes | Hasta 10% más del precio inicial |
Inclusión de nuevos bienes | Hasta 10% más del precio inicial (salvo otro límite en el pliego) |
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 222
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sustitución de partidas por otras mas ventajosas
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¿Puede el adjudicatario proponer suministrar un producto de cualidades superiores a su oferta, pero manteniendo el precio de adjudicación?
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¿Porcentaje que se puede ampliar el precio de adjudicacion de un contrato de servicio?
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Como se habría de indicar en un contrato abierto para poder introducir nuevos productos o etiquetas de la evoluci´n de los plazos que ya tenemos incorporados sin modificación
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Incorporación nuevos items contrato