Presunción de Anormalidad con varios criterios de adjudicación
Cuando se utilizan varios criterios de adjudicación, la identificación de ofertas anormalmente bajas se basa en los parámetros objetivos establecidos en los pliegos del contrato, los cuales deben referirse a la oferta en su conjunto.
En los procedimientos de licitación donde se aplican múltiples criterios de adjudicación, es esencial que los pliegos del contrato definan claramente los parámetros objetivos que se utilizarán para identificar las ofertas que puedan considerarse anormalmente bajas. Estos parámetros deben evaluar la oferta en su totalidad, no solo en función del precio, sino considerando todos los criterios de adjudicación establecidos.
La mesa de contratación, o el órgano de contratación, es responsable de identificar las ofertas que se presumen anormalmente bajas. Una vez identificadas, se debe requerir al licitador que presente una justificación detallada y razonada sobre la viabilidad de su oferta, abordando aspectos como el ahorro en el procedimiento de fabricación, las soluciones técnicas adoptadas, la innovación, el respeto a las obligaciones medioambientales, sociales o laborales, y la posible obtención de ayudas de Estado.
La evaluación de la justificación presentada por el licitador debe ser exhaustiva, y el órgano de contratación debe solicitar asesoramiento técnico para emitir un informe. Si la justificación no es satisfactoria, la oferta puede ser excluida del proceso de adjudicación. En caso de que la justificación sea adecuada, se establecerán mecanismos para un seguimiento detallado de la ejecución del contrato, garantizando que no se comprometa la calidad de los servicios, obras o suministros contratados.
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