Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Haz tu pregunta
Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

Servicios de arquitectura

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

Los servicios de arquitectura son considerados prestaciones de carácter intelectual y están sujetos a normas específicas de contratación pública en España. Estos servicios no pueden implicar el ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos.

Los servicios de arquitectura, junto con los de ingeniería, consultoría y urbanismo, son reconocidos como prestaciones de carácter intelectual. Esto significa que tienen un tratamiento especial dentro de la Ley de Contratos del Sector Público, lo que afecta la forma en que se gestionan y adjudican estos contratos.

En el ámbito de la contratación pública, los contratos de servicios, como los de arquitectura, se definen como aquellos cuyo objeto es el desarrollo de una actividad o la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro. Es importante destacar que estos servicios no pueden incluir actividades que impliquen el ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos.

La adjudicación de contratos de servicios de arquitectura debe seguir las reglas generales establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público. Además, se debe tener en cuenta que los procedimientos de contratación deben considerar criterios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas, asegurando así la inclusión social.

Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?
Curso de inteligencia artificial para contratación pública