¿cuándo un contrato es SARA?
Un contrato es SARA (Sujeto a Regulación Armonizada) cuando, por su importe y objeto, debe cumplir con determinados requisitos del derecho europeo para garantizar la transparencia, publicidad y plazos adecuados, facilitando la igualdad de concurrencia en el mercado común europeo.
Los contratos SARA se clasifican según su cuantía y objeto. A partir del 1 de enero de 2024, los umbrales económicos para considerar un contrato como SARA son los siguientes:
Tipo de Contrato | Umbral Económico |
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Obras y Concesión de Servicios | 5.538.000 € |
Servicios y Suministros | 221.000 € |
Administración General del Estado (AGE) | 143.000 € |
Servicios Especiales (Anexo IV) | 750.000 € |
Los contratos SARA deben garantizar una publicidad adecuada a nivel europeo, igualdad de acceso y trato para los operadores económicos, plazos adecuados para la presentación de ofertas y manifestaciones de interés, y protección especial en materia de contratación.
Además, estos contratos están sujetos a principios del derecho europeo como la libre circulación de mercancías, derecho de establecimiento, libre prestación de servicios, no discriminación e igualdad de trato, transparencia, proporcionalidad, reconocimiento mutuo y confidencialidad.