¿ A los poderes adjudicadores no administración pública les aplica el artículo 118 sobre contratos menores?
Sí, a los poderes adjudicadores que no tienen la condición de Administraciones Públicas les aplica la normativa sobre contratos menores.
Los poderes adjudicadores que no son Administraciones Públicas deben regirse por las normas establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público para la formalización de contratos, incluyendo aquellos que son susceptibles de recurso especial en materia de contratación. Esto implica que, aunque se rijan por normas de derecho privado en cuanto a los efectos y extinción de los contratos, deben cumplir con las disposiciones aplicables de la Ley, entre las que se encuentran las relativas a los contratos menores.
Los contratos menores son aquellos que tienen un valor estimado inferior a ciertos umbrales económicos y se caracterizan por su tramitación simplificada. Estos umbrales se presentan en la siguiente tabla:
Tipo de Contrato Menor | Valor Estimado Máximo |
---|---|
Obras | 40.000 € |
Servicios y Suministros | 15.000 € |
Servicios y Suministros (Entidades del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación) | 50.000 € |
Estos contratos pueden adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación. Además, deben cumplir con las normas de transparencia y publicidad establecidas, aunque con ciertas excepciones para contratos de muy baja cuantía.
Referencias
[Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 316; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/316]
[Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 37; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/37]
[Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 131; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/131]
[Blog de Gobierto - Contratos menores; https://www.gobierto.es/blog/contrato-menor]
[Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 319; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/319]