contracte menor
Un contrato menor es una modalidad de contratación pública en la que el valor estimado del contrato es inferior a 40.000 euros para obras y 15.000 euros para suministro o servicios. Esta fórmula se ha visto abusada en el pasado, pero existen alternativas para evitar estas malas prácticas. Para usarlo adecuadamente se requiere la emisión de un informe del órgano de contratación justificando la necesidad del contrato, la aprobación del gasto y la incorporación de la factura correspondiente. En el caso de los contratos de obras, también se requiere el presupuesto de las obras y, en algunos casos, el informe de las oficinas o unidades de supervisión. Si el pago se verifica a través de un sistema de anticipos de caja fija u otro similar, el valor estimado del contrato no debe exceder de 5.000 euros. Finalmente, los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4.