El anuncio de formalización Para publicar en el BOE (art. 154.2. LCSP), ¿es obligatorio para todos los contratos de la AGE o solo para los sujetos a regulación armonizada?
El anuncio de formalización debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para todos los contratos celebrados por la Administración General del Estado (AGE) o sus entidades vinculadas que tengan la naturaleza de Administraciones Públicas, independientemente de si están sujetos o no a regulación armonizada.
La publicación del anuncio de formalización en el BOE es obligatoria para los contratos de la Administración General del Estado y sus entidades vinculadas, siempre que estas tengan la naturaleza de Administraciones Públicas. Esto se aplica a todos los contratos, no solo a aquellos sujetos a regulación armonizada.
Además, cuando los contratos están sujetos a regulación armonizada, el anuncio de formalización también debe publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). En estos casos, la publicación en el BOE no debe realizarse antes de la publicación en el DOUE.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 154
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existe el deber de publicar contratos basados en el boletin oficial
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¿Cuándo es necesario publicar anuncio de licitación en el BOE?
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cuando es necesario publicar un contrato en el BOE
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es necesario que exista anuncio de formalizacion?
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La formalización de un contrato de servicios de 50.000 euros, ¿debe publicarse en el BOE?