en los contratos de servicio de seguridad los criterios relacionados con la calidad deberán representar el 51 por ciento de la puntuación en la valoración de las ofertas
No, en los contratos de servicio de seguridad no se especifica que los criterios relacionados con la calidad deban representar el 51 por ciento de la puntuación en la valoración de las ofertas.
Los contratos de servicios de seguridad privada deben aplicar más de un criterio de adjudicación, pero la Ley de Contratos del Sector Público no establece un porcentaje mínimo específico de puntuación para los criterios relacionados con la calidad en este tipo de contratos. La ley sí establece que en los procedimientos de contratos de servicios que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y arquitectura, los criterios relacionados con la calidad deberán representar al menos el 51% de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas. Sin embargo, esta disposición no se aplica directamente a los contratos de servicios de seguridad.
En la adjudicación de contratos de servicios de seguridad, se deben tener en cuenta una pluralidad de criterios de adjudicación, y la ley especifica que el precio no puede ser el único factor determinante. Los criterios de adjudicación deben ser objetivos y estar vinculados al objeto del contrato, respetando los principios de igualdad, no discriminación, transparencia y proporcionalidad.
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porcentaje de criterios evaluables mediante juicio de valor en contrato de servicios con componente intelectual
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Entre los criterios de calidad, Que porcentaje debe tener en los contratos intelectuales
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En contrato incluido en ANNEXO IV de LCSP, se debe limitar obligatoriamente la puntación económica al 49%. Ya que se han de aplicar un 51% a criterios de calidad?
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porcentaje de criterios con juicio de valor en contrato de servicios con valor intelectual
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porcentaje maximo de criterio economico