¿en un contrato de suministro cuando se transfiere la propiedad del bien suministrado?
En un contrato de suministro, la transferencia de la propiedad del bien suministrado se produce cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones del pliego, sea posterior a su entrega. En este caso, la Administración será responsable de la custodia de los bienes durante el tiempo que medie entre una y otra. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será esta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos.