en la resolucion de un contrato tiene que haber una comprobacion de las obras realizadas, no?
Sí, en la resolución de un contrato de obras es necesario realizar una comprobación de las obras realizadas.
Cuando se resuelve un contrato de obras, se lleva a cabo un proceso de comprobación, medición y liquidación de las obras que se han realizado conforme al proyecto. Este proceso es esencial para determinar los saldos pertinentes, ya sea a favor o en contra del contratista. La presencia del contratista es necesaria durante el acto de comprobación y medición, para asegurar la transparencia y la correcta evaluación de las obras ejecutadas.
En caso de que se demore injustificadamente la comprobación del replanteo, lo cual podría llevar a la resolución del contrato, el contratista tiene derecho a una indemnización. Esta indemnización es equivalente al 2% del precio de adjudicación, excluyendo el IVA, si la demora es injustificada.
Si el desistimiento ocurre antes de iniciar las obras, o si la administración suspende el inicio por más de cuatro meses, el contratista tiene derecho a una indemnización del 3% del precio de adjudicación, también excluyendo el IVA. En caso de desistimiento una vez iniciadas las obras, o si se suspenden por más de ocho meses, el contratista tiene derecho a un 6% del precio de adjudicación de las obras no realizadas, en concepto de beneficio industrial, excluyendo el IVA.
| Situación | Indemnización |
|---|---|
| Demora injustificada en la comprobación del replanteo | 2% del precio de adjudicación (sin IVA) |
| Desistimiento antes de iniciar las obras o suspensión por más de 4 meses | 3% del precio de adjudicación (sin IVA) |
| Desistimiento una vez iniciadas las obras o suspensión por más de 8 meses | 6% del precio de adjudicación de las obras no realizadas (sin IVA) |
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si se produce resolucion del contrato, habra que comprobar las obras realmente ejecutadas
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liquidación incumplimiento contratista
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procede poner el articulo 166 del reglamento en los casos de resolucion del contrato y la comprobacion de las obras efectivamente realizadas
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¿Qué procedimiento ha de seguirse para liquidar un contrato público de obras?
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liquidación previa o posterior a la resolución del contrato
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procedimiento de liquidación de un contrato de servicios
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si se produce resolucion del contrato, habra que comprobar las obras realmente ejecutadas es aplicable el 166 del reglamento
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ero cuando hay una resolucion del contrato cual sea el motivo se tendrá que aplicar el 166 del reglamento para ver lo que realmente ha ejecuado
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el plazo de 8 meses de resolucion incluye la notiticacion al contratista y la liquidacion
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Existe un plazo para iniciar el procedimiento de liquidación después de resolver el contrato? Es conveniente incluir en el procedimiento de liquidación también daños y perjuicios?