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¿El valor estimado de un contrato por lotes se determina por la suma de todos los lotes?

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Sí, cuando un contrato se divide en lotes, el valor estimado del contrato es la suma del valor estimado de todos los lotes, tal y como establece el artículo 101 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP) y la Directiva 2014/24/UE.

Esta suma es determinante para aplicar correctamente el régimen jurídico de la contratación pública, especialmente para saber si el contrato queda sujeto a regulación armonizada (SARA) y, por tanto, si deben cumplirse obligaciones reforzadas en materia de publicidad, plazos, medios electrónicos y criterios de adjudicación.

¿Qué incluye el valor estimado?

El valor estimado del contrato no es solo el presupuesto base de licitación (PBL), sin incluir el IVA, sino que incluye todos los importes potenciales asociados a la ejecución del contrato:

  • Las prórrogas previstas legalmente.
  • Las modificaciones posibles (hasta el 20 % del precio de adjudicación, como regla general).
  • Las opciones o prestaciones adicionales previstas en los pliegos.

Esto se hace precisamente para evitar prácticas elusivas, como licitar un contrato con un PBL por debajo del umbral SARA y modificarlo después para superar ese umbral, vulnerando así los principios de transparencia, libre concurrencia e igualdad de trato.

¿Y si se trata de contratos por lotes?

En contratos divididos en lotes:

  • Se suma el valor estimado de todos los lotes para determinar si se supera el umbral SARA.
  • El régimen armonizado se aplicará a todo el contrato si se supera dicho umbral, aunque los lotes se adjudiquen por separado.

Excepción:

No será obligatorio aplicar el régimen SARA a cada lote si su valor individual es inferior a 80.000 € (obras) o 40.000 € (servicios/suministros), y siempre que la suma total de dichos lotes no supere el 20 % del valor estimado del conjunto del contrato.

En resumen:

  • Sí, el valor estimado de un contrato por lotes se determina por la suma de todos los lotes.
  • El valor estimado incluye no solo el PBL, sino también prórrogas, modificaciones y opciones.
  • Es esencial para fijar la reserva de crédito, el compromiso plurianual y la aplicación del régimen jurídico adecuado.
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