Qué es un contrato menor CPLT
Un contrato menor es una modalidad de contratación pública que permite la adjudicación directa de contratos de escasa cuantía y duración limitada, sin necesidad de licitación, para satisfacer necesidades urgentes y puntuales.
Un contrato menor se caracteriza por tener un valor estimado inferior a ciertos límites económicos. Para contratos de obras, el límite es de 40.000 euros, mientras que para contratos de servicios y suministros, el límite es de 15.000 euros. Estos contratos deben ser de duración limitada, sin posibilidad de prórroga, y no deben fraccionarse para eludir las obligaciones de publicidad y procedimientos de licitación.
| Tipo de Contrato | Límite de Importe |
|---|---|
| Obras | 40.000 € |
| Servicios | 15.000 € |
| Suministros | 15.000 € |
El uso de contratos menores debe ser excepcional y justificado, ya que su procedimiento simplificado reduce los plazos y requisitos de transparencia, lo que puede impactar en las garantías de igualdad, concurrencia y control. No deben utilizarse para satisfacer necesidades recurrentes o continuadas en el tiempo.
Para la adjudicación de un contrato menor, es necesario emitir un informe justificando la necesidad del contrato y asegurando que no se está alterando el objeto del mismo para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación. Además, se requiere la aprobación del gasto y la incorporación de la factura correspondiente.
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