En un procedimiento negociado sin publicidad, hace falta un documento acreditativo de la presentación de las proposiciones?
En un procedimiento negociado sin publicidad, no es necesario presentar un documento acreditativo específico de la presentación de las proposiciones, ya que este tipo de procedimiento omite el periodo de publicidad y se basa en invitaciones directas a operadores económicos.
El procedimiento negociado sin publicidad se caracteriza por su agilidad y la omisión del periodo de anuncio de licitación. Esto implica que no se requiere la presentación de documentos acreditativos de la presentación de proposiciones como en otros procedimientos más formales y abiertos.
En este tipo de procedimiento, el órgano de contratación invita directamente a un mínimo de tres empresas para negociar las condiciones del contrato. Por lo tanto, no se sigue el proceso estándar de presentación de proposiciones que requiere documentación acreditativa.
Sin embargo, es importante que las empresas invitadas cumplan con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, los cuales deben estar especificados en el pliego del contrato. Estos requisitos deben ser proporcionales y vinculados al objeto del contrato.
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¿Puede presentarse otra empresa aparte de las invitadas en un procedimiento negociado sin publicidad?
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Como puedo saber si me encuentro ante un procedimiento negociado sin publicidad?
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