Hemos estrenado Gobierto Asistente:
Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas,
continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas...
y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.
Persona física factura electrónica
Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano
Las personas físicas están obligadas a utilizar la factura electrónica cuando el importe de la misma supere los 5.000 euros, presentándola al contratista principal a través del Registro a que se refiere el apartado 3 de la da-trigesima segunda. En supuestos distintos de los anteriores, será facultativo para los subcontratistas la utilización de la factura electrónica y su presentación en el Registro referido en el apartado 3 de la da-trigesima segunda. La cuantía de 5.000 euros se podrá modificar mediante Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública.
Ayúdanos a mejorar
¿Qué tal la respuesta?
Preguntas relacionadas
-
Arrendamiento Factura electrónica
-
Factura electrónica
-
facturas electrónicas importe
-
factura electrónica hasta 1000 euros
-
Se excluyen de la obligación del uso de la factura electrónica
-
Factura electrónica arrendamiento
-
Tras la prestación del servicio, la empresa adjudicataria que lo haya llevado a efecto, ¿tiene obligación de presentar la correspondiente factura a través de FACe?
-
Cómo es la facturación?
-
cuando hay que realizar el documento contable d
-
repecto a la facturacion en precios unitarios. que obligaciones especificas tiene la empresa en el registro de facturas de castilla y leon