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cuando pido la subsanación de las deficiencias de una obra tengo que ampliar el plazo de ejecución?

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No es necesario ampliar el plazo de ejecución al solicitar la subsanación de deficiencias en una obra, pero existen procedimientos específicos para gestionar estas situaciones.

Cuando se detectan deficiencias en un proyecto de obra, el órgano de contratación puede exigir al contratista la subsanación de los errores o insuficiencias. Se otorga un plazo de hasta dos meses para corregir dichas deficiencias. Si no se corrigen en este tiempo, la Administración puede optar por resolver el contrato o conceder un nuevo plazo de un mes improrrogable para la subsanación.

En caso de que la Administración decida conceder un nuevo plazo, el contratista incurrirá en una penalidad. Si las deficiencias no se corrigen en este segundo plazo, se procederá a la resolución del contrato.

Situación Plazo Consecuencia
Primer plazo para subsanación Hasta 2 meses Sin penalidad inicial
Segundo plazo para subsanación 1 mes improrrogable Penalidad del 25% del precio del contrato
Incumplimiento tras segundo plazo - Resolución del contrato y penalidad igual al precio del contrato

Por otro lado, si las modificaciones del proyecto provocan una variación en el importe del contrato, el plazo de ejecución puede ser reajustado, pero no necesariamente debido a la subsanación de deficiencias.

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