Si se paga certificación a los 20 días naturales, ¿está en plazo?
No, no está en plazo. La certificación de obra debe expedirse en un plazo máximo de diez días naturales.
En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España, el director debe expedir la certificación de obra en un plazo máximo de diez días naturales desde el período al que corresponda. Esto significa que si se paga una certificación a los 20 días naturales, se ha excedido el plazo establecido por la normativa.
A continuación, se presenta un resumen del plazo para la expedición de certificaciones de obra:
| Concepto | Plazo máximo permitido |
|---|---|
| Expedición de certificación de obra | 10 días naturales |
Es importante tener en cuenta que los plazos establecidos por días en la Ley de Contratos del Sector Público se entienden referidos a días naturales, salvo que se indique expresamente lo contrario. Si el último día del plazo es inhábil, se prorroga al primer día hábil siguiente.
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periodo de certificación
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en qué casos es necesario que exista una certificación de obra?
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que hacer entonces si la dirección de obra se retrsa continuadamente en redactar las certificaciones de obra en mas de 30 días
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¿quien firma la certificacion de obra?
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que se puede hacer cuando los direcctores de obra, no emiten las certificaciones de obra dentro de los diez dias, y las emiten 1 o dos meses mas tarde
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¿en qué casos es necesario que haya una certificación de obra?
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Se habla de periodo de certificación, generalmente un mes, pero puede ser este periodo diferente del mes
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plazo para aprobar las certificaciones y abonar la factura
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La administración expedirá mensualmente certificaciones que comprendan la obra ejecutada:
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cuantas certificaciones de obra se emiten