en que plazo se abonan las certificaciones parciales de obra en la junta de castilla y leon
Las certificaciones parciales de obra en la Junta de Castilla y León se abonan mensualmente, en los primeros diez días del mes siguiente al que correspondan los trabajos ejecutados.
En los contratos de obra pública, la Administración expide mensualmente certificaciones que comprenden la obra ejecutada conforme al proyecto durante ese período de tiempo. Estas certificaciones se emiten en los primeros diez días del mes siguiente al que corresponden los trabajos realizados.
Estos pagos tienen la naturaleza de abonos a cuenta y están sujetos a las rectificaciones y variaciones que puedan surgir en la medición final de la obra. No implican, en ningún caso, la aprobación y recepción definitiva de las obras comprendidas en dichas certificaciones.
Además, el contratista tiene derecho a recibir abonos a cuenta por operaciones preparatorias como instalaciones y acopio de materiales, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y se aseguren mediante la prestación de la garantía correspondiente.
| Concepto | Plazo de Abono |
|---|---|
| Certificaciones parciales | Primeros diez días del mes siguiente |
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en que plazo se abonan las certificaciones parciales de obra
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La administración expedirá mensualmente certificaciones que comprendan la obra ejecutada:
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qué son los pagos a cuenta
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plazo para aprobar las certificaciones y abonar la factura
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pago parcial
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En que plazo se paga el precio de la obra?
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¿Una vez hecha una recepción parcial de obras, hay que abonar su importe?
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medicion final de la obra cuando se abona
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el abono del precio del artículo 198 hace referencia al precio una vez acabe la prestación o a los abonos a cuenta?
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Cómo es la facturación?