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Contrato de servicios con 3 lotes: lote 1 394.358,02 € lote 2 54.415,3 € y lote 3 27.544,28 € de valor estimado, ¿está sujeto a regulación armonizada?

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El contrato de servicios con 3 lotes no está sujeto a regulación armonizada, ya que el valor acumulado de los lotes no supera los umbrales establecidos para la aplicación de dicha regulación.

Para determinar si un contrato de servicios está sujeto a regulación armonizada, es necesario considerar los valores umbral que activan esta necesidad. Según la Ley de Contratos del Sector Público, los contratos de servicios están sujetos a regulación armonizada cuando su valor estimado supera los 140.000 euros para contratos adjudicados por la Administración General del Estado y sus organismos, o 215.000 euros para contratos adjudicados por otras entidades del sector público. Además, existe un umbral específico de 750.000 euros para contratos que tienen por objeto servicios sociales y otros servicios específicos.

En este caso, el valor estimado de los lotes es el siguiente:

Lote Valor Estimado (€)
1 394.358,02
2 54.415,3
3 27.544,28

El valor acumulado de los tres lotes es de 476.317,6 euros, que está por debajo de los umbrales mencionados para la regulación armonizada. Además, aunque se aplicara la norma de que los contratos divididos en lotes deben considerar el valor acumulado para determinar la aplicación de la regulación armonizada, ninguno de los lotes supera individualmente el umbral mínimo que requeriría la aplicación de dicha regulación, y el valor total acumulado tampoco alcanza el umbral más bajo aplicable de 140.000 euros para entidades estatales o 215.000 euros para otras entidades del sector público.

Por lo tanto, este contrato de servicios, dividido en tres lotes, no está sujeto a la regulación armonizada.

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