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¿En qué procedimientos de contratación pública es obligatoria la existencia de una Comisión Técnica?

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En el contexto proporcionado, no se menciona específicamente la obligatoriedad de la existencia de una Comisión Técnica en procedimientos de contratación pública. Sin embargo, se destacan ciertos procedimientos y requisitos que pueden implicar la participación de comités o juntas consultivas en el proceso de contratación.

En el ámbito de los sectores públicos autonómico y local, los contratos de concesión de obras o de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a doce millones de euros, o que impliquen financiación estatal, deben remitirse al Comité Técnico de Cuentas Nacionales. Este comité emite un informe sobre los efectos de dichos contratos en las cuentas económicas de la Administración contratante.

Además, el Consejo de Ministros, previo informe de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, puede establecer pliegos de prescripciones técnicas generales para la Administración General del Estado y otras entidades del sector público estatal. Esto sugiere la participación de la Junta Consultiva en el proceso de contratación, aunque no se menciona una Comisión Técnica específica.

Por otro lado, las Comunidades Autónomas deben remitir informes al Comité de Cooperación, lo cual implica una coordinación técnica y administrativa en el ámbito de la contratación pública, pero nuevamente, no se especifica la existencia de una Comisión Técnica obligatoria.

Procedimiento Requisito
Contratos de concesión de obras o servicios (≥ 12 millones de euros) Informe del Comité Técnico de Cuentas Nacionales
Establecimiento de pliegos de prescripciones técnicas generales Informe de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado
    Referencias:
- [Ley de Contratos del Sector Público - Disposición adicional cuadragésima sexta; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/Disposición adicional cuadragésima sexta] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 123; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/123] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 331; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/331] - [Ley de Contratos del Sector Público - Disposición adicional cuadragésima quinta; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/Disposición adicional cuadragésima quinta] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 167; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/167]
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