valoracion del contrato menor
El contrato menor es una modalidad de contratación pública que se caracteriza por tener un valor estimado inferior a 40.000 euros para contratos de obras y 15.000 euros para contratos de suministro o de servicios. Esta fórmula ha sido objeto de cambios normativos para reducir malas prácticas asociadas a ella, como el abuso de la misma. Para evitar estas prácticas, se exige la emisión de un informe del órgano de contratación justificando la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto. Además, se requiere la aprobación del gasto y la incorporación de la factura correspondiente. En el caso de los contratos menores de obras, se debe añadir el presupuesto de las obras y, en algunos casos, el proyecto correspondiente. Por último, los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4.
En conclusión, el contrato menor es una modalidad de contratación pública que debe ser utilizada de forma adecuada para evitar malas prácticas y aprovechar al máximo los beneficios que aporta a la contratación pública.