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cuanto se tarda en resolver un recurso especial

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La resolución de un recurso especial en materia de contratación debe realizarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de las alegaciones y pruebas.

Una vez interpuesto el recurso especial en materia de contratación, el procedimiento queda en suspenso si el acto recurrido es el de adjudicación. El órgano competente notificará el recurso al órgano de contratación, que deberá entregar el expediente de contratación en un plazo de dos días hábiles. Posteriormente, se dará traslado a los interesados, quienes tendrán cinco días hábiles para formular alegaciones.

Recibidas las alegaciones y la prueba, el órgano competente tiene un plazo de cinco días hábiles para resolver el recurso. La resolución puede estimar total o parcialmente, desestimar las pretensiones formuladas, o declarar su inadmisión. Además, debe ser congruente con la petición y, si procede, pronunciarse sobre la anulación de decisiones no conformes a derecho adoptadas durante el procedimiento de adjudicación.

En caso de que el recurso sea estimado total o parcialmente, el órgano de contratación deberá informar al órgano que dictó la resolución sobre las actuaciones adoptadas para dar cumplimiento a la misma. Si transcurren dos meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado su resolución, el interesado puede considerarlo desestimado a efectos de interponer recurso contencioso-administrativo.

Tabla de Plazos para la Resolución del Recurso Especial

Concepto Plazo
Entrega del expediente de contratación 2 días hábiles
Formulación de alegaciones por los interesados 5 días hábiles
Resolución del recurso 5 días hábiles desde la recepción de alegaciones y pruebas
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