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El órgano de contratación puede separarse de la propuesta de la mesa de contratación, pero debe motivar su decisión.
El órgano de contratación tiene la facultad de tomar decisiones finales sobre la adjudicación de contratos. Aunque la mesa de contratación realiza una propuesta basada en la evaluación de las ofertas, el órgano de contratación no está obligado a seguir esta recomendación. Sin embargo, si decide apartarse de la propuesta de la mesa, debe justificar adecuadamente su decisión, proporcionando una motivación clara y razonada.
Esta capacidad de decisión del órgano de contratación es fundamental para asegurar que la adjudicación del contrato se alinea con los intereses y necesidades de la administración pública, incluso si esto implica no seguir la recomendación de la mesa de contratación.
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