¿Son necesarias 3 ofertas en contratos menores?
La solicitud de tres ofertas en contratos menores no es un requisito legalmente establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, pero se recomienda para promover la competencia.
La Ley de Contratos del Sector Público, tras su última modificación, no incluye de manera explícita la obligación de solicitar un mínimo de tres ofertas para la adjudicación de contratos menores. Sin embargo, existe una recomendación por parte de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIRESCON) que sugiere solicitar al menos tres ofertas con el objetivo de velar por la mayor concurrencia y fomentar el principio de competencia.
Esta recomendación surge como una práctica para intentar garantizar la transparencia y la igualdad de trato entre los posibles licitadores, aunque la ley no lo exija de manera imperativa. La OIRESCON, en una Nota Aclaratoria, ha indicado que es posible justificar de manera motivada la no solicitud de estas ofertas cuando este trámite no contribuya al fomento de la competencia o pueda representar un obstáculo para satisfacer de forma inmediata las necesidades que justifican el contrato menor.
En resumen, aunque la ley no obliga a solicitar tres ofertas para los contratos menores, hacerlo puede ser una buena práctica para asegurar la competencia y la transparencia en este tipo de contrataciones. La decisión final sobre solicitar estas ofertas queda a criterio del órgano de contratación, que debe valorar si esta acción contribuye o no a los principios de competencia y transparencia en cada caso particular.
Referencias - Blog de Gobierto - Contratos menores; https://www.gobierto.es/blog/contrato-menor
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