el volumen de negocio para la solvencia economica de una vez y media el valor estimado del contrato es de maximo o de minimo
El volumen de negocio mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato.
El órgano de contratación puede requerir que el volumen anual de negocios del empresario, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, sea igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en los pliegos del contrato. Este volumen de negocios mínimo anual exigido no debe exceder de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados.
En casos específicos, como aquellos relacionados con riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, servicios o suministros, el órgano de contratación puede justificar la imposición de un requisito mayor. Sin embargo, estas razones deben ser claramente indicadas en los pliegos de la contratación o en un informe específico.
Cuando un contrato se divide en lotes, este criterio se aplica en relación con cada uno de los lotes. El órgano de contratación también puede establecer el volumen de negocios mínimo anual exigido por referencia a grupos de lotes si al adjudicatario se le adjudican varios lotes que deben ejecutarse al mismo tiempo.
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